El Certificado literal de partida (antes denominado Copia Literal) es un documento informativo (publicidad registral) válido para realizar cualquier trámite u operación legal sobre un determinado bien o derecho inscrito en la Sunarp.
Este certificado es la reproducción total o parcial de los documentos que conforman el título archivado o la partida registral, inclusive aquellas que se originan en tomo o ficha, con la indicación del día y hora de su expedición. En este documento, expedido por un registrador, abogado certificador o certificador de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos-Sunarp, se especifica el nombre del propietario de un bien o derecho inscrito en una determinada partida registral.
Importancia:
Su importancia radica en que si se está a punto de concretar la compra de un inmueble y se desea tener más información del bien, se debe solicitar a la Sunarp una copia certificada de la partida, la cual nos ayudará a verificar todo el historial del inmueble, desde su primera inscripción hasta el último acto inscrito, incluyendo información sobre sus características (descripción del predio, medidas perimétricas, linderos, etc.) propietario actual y anterior si lo hubiese.
Ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos se puede obtenerla copia certificada de partidas de los Registros de Propiedad Inmueble, de Personas Jurídicas, de Personas Naturales y del Registro Vehicular.
Dónde se solicita:
El certificado literal de partida se puede tramitar en cualquier oficina de la Sunarp a nivel nacional. Solo debes llenar el formulario (entrega gratuita) y pagar los derechos correspondientes. Es importante conocer de antemano el número de la partida registral del bien o derecho para efectuar la solicitud.
Qué elementos tiene este certificado:
En dicho documento se encontrará los siguientes elementos:
Antecedente dominial: Especifica el número de partida registral que independizó el predio.
Descripción del inmueble: Detalla la ubicación, porcentaje de zonas comunes, áreas techadas y linderos (frente, derecha, izquierda, por el fondo). En otras palabras, las características físicas de la propiedad.
Títulos de dominio: Señala quién es el propietario del inmueble. Puede ser una o más personas.
Gravámenes y cargas: Se anotan las hipotecas, embargos, anotaciones de demanda o usufructo que pueda pasar sobre el inmueble, así como los levantamientos de las afectaciones judiciales y extrajudiciales que pueda tener.
Registro personal: Especifica alguna limitación que pueda tener el propietario.
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